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ORIENTACIÓN DE COSTES DE LAS ACCIONES FORMATIVAS

ORIENTACIÓN DE COSTES DE LAS ACCIONES FORMATIVAS

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo ha publicado una guía de Orientación de costes de las acciones formativas programadas por las empresas. Se trata de un documento que pretende ayudar a las empresas a la hora de acreditar y justificar los gastos de las acciones formativas desarrolladas para formar a los trabajadores modificando los apartados recogidos en la Ley 30/2015 que entran en vigor a la fecha de su publicación para la formación cuyo inicio se comunique desde ese momento.

La normativa establece que cada empresa dispone de un crédito para la formación que puede hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada la formación. Sin embargo, para ello las empresas deben cumplir una serie de requisitos como:

  1. haber cumplido con el requisito de información a la representación legal de los trabajadores,
  2. haber realizado la formación, y
  3. haber comunicado el inicio y la finalización de la formación debidamente.

Entre la obligaciones establecidas en la Ley 30/2015 y las que permanecen en vigor en la Orden TAS/2307/2007, la Fundación destaca las siguientes:

  1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y permisos individuales de formación, así como las bonificaciones que se apliquen, bajo la denominación epígrafe de «formación profesional para el empleo».
  2. Asegurar el seguimiento, control y evaluación de la formación.
  3. Custodiar la documentación acreditativa de la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas.
  4. Garantizar la gratuidad de las iniciativas de formación a los participantes en las mismas.
  5. Hallarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de aplicarse las bonificaciones.
  6. Durante un período mínimo de 4 años, las empresas deberán mantener a disposición de los órganos de control competentes la documentación justificativa de la formación por la que hayan disfrutado de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
  7. Las entidades de formación, o aquellas que asuman la organización de las acciones de formación profesional para el empleo programada por las empresas y los beneficiarios de las ayudas serán sujetos responsables de las bonificaciones indebidamente aplicadas.

A lo largo del documento orientativo publicado por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo se detallan los siguientes apartados:

  1. los conceptos imputables,
  2. los soportes justificativos,
  3. los requisitos de contenido,
  4. los criterios de imputación de costes,
  5. el pago y contabilización de la bonificación, y
  6. la subcontratación

Podéis descargar el documento de orientaciones de costes aquí.

 

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